La cultura constitucional sostiene la democracia

12 de julio de 2026

La libertad sólo perdura cuando las instituciones, las costumbres y el Estado de derecho se sostienen mutuamente.

Hace doscientos cincuenta años nació una gran nación. Lo que convirtió a Estados Unidos en una referencia del constitucionalismo moderno no fue únicamente su independencia, sino la convicción de que incluso el poder nacido de las mayorías debía encontrar límites en el derecho. Esa es la gran lección que Alexis de Tocqueville descubrió al recorrerlo en 1831 y que hoy, en medio de una inusual polarización política, recobra vigencia.

Tocqueville llegó a Estados Unidos para estudiar su sistema penitenciario. Sin embargo, tras visitar 17 estados en nueve meses, comprendió que su verdadera singularidad descansaba en la responsabilidad cívica de sus ciudadanos y en una compleja arquitectura institucional y cultural, integrada por jueces independientes y una firme confianza en su Estado de derecho.

Su intuición se convirtió en una de las contribuciones más importantes al pensamiento constitucional moderno, porque centró la conversación en una pregunta fundamental: ¿quién le recuerda a los gobernantes que existen límites que ni siquiera las mayorías pueden traspasar?

Ese es el debate permanente entre dos concepciones de la democracia:


1. La concepción plebiscitaria según la cual el mandato electoral constituye la fuente casi exclusiva de legitimidad política y la voluntad mayoritaria debe prevalecer con el menor número posible de restricciones institucionales; y

2. La democracia constitucional, que plantea la necesidad de una separación de funciones que puedan establecer límites al poder. Según esta concepción si un Estado no cuenta con instituciones fuertes y jueces independientes, la Constitución termina convirtiéndose en un texto sin fuerza normativa.

La legitimidad de los tribunales no proviene de coincidir con las mayorías ni de enfrentarlas sistemáticamente, sino de aplicar la Constitución y la ley con independencia e imparcialidad. En este sentido se expresó el Chief Justice de Estados Unidos, John Roberts, al recordar a la nación que no existen “jueces de Obama o jueces de Trump”, sino jueces llamados a decidir conforme al derecho. Esta no es una defensa corporativa del Poder Judicial; es una defensa de la arquitectura constitucional que hace posible la convivencia democrática.

Tocqueville, al estudiar el sistema estadounidense, observó que los jueces poseían un inmenso poder político, pero se percató del mecanismo que impedía convertir ese poder en una forma de gobierno judicial: Los jueces no podían actuar por iniciativa propia ni revisar abstractamente las decisiones del legislador, sólo podían pronunciarse cuando un caso concreto llegaba ante ellos (y dentro de sus límites). Esa autocontención es la fuente de su legitimidad.

El juez disciplina al poder político para que prevalezca la Constitución y la ley. Por eso Tocqueville afirmaba que la facultad de declarar inaplicable una ley incompatible con la Constitución constituía una de las barreras más poderosas jamás levantadas contra la tiranía de las mayorías.


Pero su principal hallazgo fue reconocer que la independencia judicial depende también de una cultura política.


Depende de ciudadanos capaces de aceptar que un juez pueda “decir no” al poder cuando la Constitución y la ley así lo manden, y de jueces conscientes de que la autoridad moral de sus decisiones se construye por la calidad de sus argumentos y por la prudencia con que ejercen su función.

En ese contexto, la independencia judicial suele confundirse con un privilegio corporativo o con un obstáculo para la voluntad popular. La independencia judicial no busca proteger a los jueces, sino a los ciudadanos y al propio Estado de Derecho. Protege especialmente a quienes un día necesitarán que un tribunal sea capaz de aplicar la Constitución y la ley incluso cuando resulte impopular.


La fortaleza de un Estado constitucional nunca se mide cuando los tribunales confirman las decisiones del poder. Se mide cuando tienen la serenidad y la independencia necesarias para limitarlo.


Sin embargo, Tocqueville fue todavía más lejos. Comprendió que la libertad política no se sostiene únicamente por el diseño de las instituciones, sino por las costumbres que las hacen posibles.

Y esta es, desde mi visión, la verdadera lección que deja el 250 aniversario de la independencia estadounidense. No afirmamos que la norteamericana sea una democracia perfecta. Tampoco se trata de idealizar a su Poder Judicial. La Constitución ordena la política; los jueces preservan su integridad; pero son las costumbres constitucionales de una sociedad las que terminan sosteniendo tanto a la democracia como a sus instituciones.

Una democracia sin jueces independientes puede conservar elecciones. Puede conservar gobiernos elegidos. Puede incluso conservar constituciones escritas. Pero puede perder algo más valioso: la confianza de los ciudadanos en que el derecho es más fuerte que el poder. Y cuando una sociedad deja de creer la democracia comienza a perder su libertad.

Las constituciones crean instituciones, pero la cultura constitucional las mantiene vivas.


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