En el Poder Judicial estamos orgullosos de que cada vez tenemos más capacidad para atender las necesidades de las personas, las empresas y también de los extranjeros que nos visitan. Sin embargo, no debería ser necesario que todo proceso legal entre particulares se presente ante un juez.
Esto no es restar valor a los tribunales de justicia, más bien es reforzarlo. Tampoco se trata de aumentar la burocracia ni de añadir pasos innecesarios; al contrario, buscamos que los trámites se atiendan en las instituciones del Estado que tienen mayor vocación para prestarlos, con la agilidad y cercanía que la ciudadanía necesita. Los tribunales deben concentrarse en resolver conflictos reales entre personas o instituciones, no en certificar trámites que otras instancias pueden asumir con igual seguridad jurídica.
De ahí que en los últimos años hayamos impulsado la desjudicialización de ciertos procesos, como las ratificaciones de actas del Estado Civil, el registro de prenda sin desapoderamiento o los deslindes de terrenos registrales (sobre los que abrimos una consulta pública que culminó el pasado jueves 25 de septiembre), convencidos de que existen vías más ágiles y apropiadas para resolverlos.
Esta orientación no es una ocurrencia aislada, sino una tendencia internacional. España, por ejemplo, desde 2015 permite que los divorcios de mutuo acuerdo sin hijos menores se formalicen directamente ante notario mediante escritura pública. Con esta reforma, los trámites dejaron de congestionar los juzgados, se redujeron tiempos de espera y se brindó a las personas un acceso más sencillo y menos costoso al servicio. En Portugal el camino fue aún más directo: los divorcios por mutuo consentimiento se resuelven en las conservadurías del registro civil, incluso en línea, con tarifas predecibles y razonables. En ambos casos, la justicia se fortaleció porque los jueces quedaron liberados para dedicarse a lo que realmente requiere su intervención. Algo parecido ha ocurrido con la coordinación catastro–registro en España: al permitir que los conflictos sobre linderos y descripciones gráficas se encaucen por expedientes registrales, se redujeron fricciones y litigios que antes abarrotaban a los tribunales.
La experiencia internacional confirma que desjudicializar significa ganar tiempo y dinero para la sociedad. Procesos que antes tardaban meses en despachos judiciales hoy se resuelven en días o incluso horas en una notaría, un registro civil o una plataforma digital. Los usuarios ahorran desplazamientos y costos, el Estado reduce la presión sobre su sistema judicial, y los jueces pueden concentrarse en causas que de verdad demandan su criterio y autoridad.
En la República Dominicana hemos desjudicializado el cambio de nombre, la ratificación de declaraciones tardías del estado civil y el registro de prenda sin desapoderamiento. Gracias a estas medidas, más de 90,000 asuntos anuales dejaron de ingresar a los tribunales de la República Dominicana en su conjunto, liberando capacidad para que los jueces atiendan con mayor calidad los conflictos que sí requieren decisión jurisdiccional .
Solo en 2024 ingresaron 453,544 asuntos al Poder Judicial, de los cuales un 36 % fueron procesos graciosos o no contenciosos. Aunque esa cifra aún es alta, representa una reducción de más del 40% en comparación con 2017, cuando la mitad de la demanda judicial correspondía a este tipo de trámites .
Esta simplificación ha sido posible gracias al trabajo coordinado entre los poderes del Estado y órganos extrapoder. Sin el apoyo del Poder Legislativo, del Consejo Nacional de Competitividad, del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, de la Junta Central Electoral y de otras instituciones públicas, esta importante reducción no habría sido posible .
Pero todavía queda camino por recorrer. Queremos avanzar en la desjudicialización de la renuncia, enajenación o sustitución de bienes de familia; el registro de asociaciones sin fines de lucro; la inscripción de testamentos y poderes; y los trámites relacionados con el rompimiento de sellos realizados por los jueces de paz y el registro de protocolos notariales .
La meta que nos hemos propuesto es ambiciosa: reducir del 36 % actual al 10 % en 2034 la proporción de asuntos no contenciosos que ingresan a los tribunales.
Alcanzarla exige mejorar el acceso digital, otorgar incentivos inteligentes a quienes trabajan en el sistema de justicia y asegurar que cada institución cumpla el papel que le corresponde, sin duplicidades innecesarias.
Ese es el camino que asegura que la justicia se concentre en lo verdaderamente esencial: que, cuando una persona realmente necesite a un juez, lo encuentre disponible, con más tiempo, con más atención y con la serenidad que da saber que la justicia responde a lo que de verdad importa.
👏🏼👏🏼👏🏼 excelente meta