Ley de Casación: un impulso al Derecho y contra la mora judicial

24 de mayo de 2024

Tener una justicia con plazos oportunos en la República Dominicana es una meta esencial para recuperar la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia y en el conjunto de las instituciones dominicanas.

Es necesario reconocer que, uno de los principales obstáculos que la justicia dominicana ha enfrentado para atajar la mora o retardo es que, históricamente, ha sido un sistema especialmente y excesivamente litigioso.

Históricamente, se ha permitido el depósito temerario de recursos con el único fin de mantener en estado de suspensión la ejecución de sentencias emitidas por los tribunales y cortes. Recurrir un caso temerariamente no solo no tenía consecuencias, sino que una sentencia recurrida no se podía ejecutar.

Era, en definitiva, un sistema que incentivaba la parálisis, permitiendo que cualquiera de las partes litigara su caso en todas las instancias posibles hasta la Suprema Corte. Perjudicando el fin último del acceso a la justicia, que las partes pudieran recibir una decisión que solucionara el conflicto. La mora, ya lo hemos dicho, era una enfermedad que afectaba el cuerpo judicial, pero sobre todo vulneraba el derecho de las personas a recibir justicia.

Producto de esta práctica había tantos casos acumulados en la Suprema Corte de Justicia. La cantidad de 9,170.  Algunas personas llegaron incluso a declarar que sería necesario tener 25 o 30 jueces en la Suprema Corte de Justicia, para reducir dicho volumen de casos. Sin embargo, no fue necesario nada parecido.

Además de la estructuración de planes que racionalizaran el abordaje a la carga judicial, el Poder Judicial entabló un constructivo diálogo con el Senado y la Cámara de Diputados. El objetivo era lograr un gran avance que permitiera aplacar la mora, gracias a la aprobación de la Ley no. 2-23 de Casación, promulgada el 17 de enero de 2023.

Con la ley de Casación se ha logrado poner fin a muchas prácticas dilatorias que atascaban los tribunales. Primero, porque delimita claramente lo que se puede y no se puede recurrir, estableciendo sanciones para los que litiguen temerariamente, con penalizaciones de hasta 50 sueldos. Y, segundo, porque la casación establece que lo que han fallado otros tribunales anteriores se puede ejecutar, siempre con un espacio para rectificar.

En concreto, la ley incluye varias innovaciones, como eliminar el auto de emplazamiento, eliminar el efecto suspensivo automático del recurso y restringir la celebración de audiencia a casos excepcionales. Igualmente, solo se solicitará un dictamen de la Procuraduría General de la República para casos excepcionales y su emisión no suspenderá el trámite del recurso.

Los resultados no se han hecho esperar. Desde la aprobación de la ley 2-23, los expedientes en casación, en cumplimiento de los nuevos plazos procesales, deben completarse y ser asignados a una Sala en un plazo no mayor de 37 días, cuando antes transcurrían hasta un año para que las partes completaran sus expedientes. Además, con la Ley 3726, transcurrían 639 días entre el ingreso y el despacho de la decisión sobre un caso. Con la nueva Ley de casación el tiempo promedio se reduce a 131 días.

Adicionalmente, la ley de casación establece de manera clara que las decisiones de la Corte de Casación son fundamentales para mantener la uniformidad en la jurisprudencia nacional. 

Esto sin duda contribuirá a fortalecer la confianza de la ciudadanía en el control de la legalidad de las decisiones, otorgando mayor transparencia y certeza en el ordenamiento jurídico dominicano.

En definitiva, se está logrando que pasemos de un procedimiento lento y complejo, que genera una carga exorbitante, a un sistema más coherente, con menos flujo de casos en las instancias más altas del sistema.

Por esto, después de algo más de un año de su aprobación, podemos decir con total seguridad que la Ley de Casación es una herramienta clave para lograr nuestro objetivo de mora 0.

Y eso es algo muy importante. Porque algo tan sencillo como no hacer esperar innecesariamente, durante años y años, una resolución judicial es también una condición indispensable para garantizar la dignidad y los derechos de las personas.

Al gran valor que aporta la Ley de Casación en torno a la mora se agrega además otro elemento no menos importante: la habilitación del estudio crítico de la jurisprudencia. Esto así, porque la ley permite el desarrollo de criterios jurisprudenciales que son fundamentales para el rol de regulación del Derecho que tienen los tribunales de alzada.

La ley de casación, por tanto, ha sido un gran acierto que impacta favorablemente en la salud del sistema de justicia.

Subscribe
Notify of
guest
0 Comments
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios