Protección y violencia contra la mujer

6 de julio de 2011

Los actos violentos que se cometen contra mujeres en toda nuestra geografía y las estadísticas sobre feminicidios –que crecen cada año—con su estela de espanto, marcan un déficit sensible de nuestro sistema de justicia. El déficit abarca desde las labores preventivas e investigativas hasta la necesaria acción de protección de las víctimas amenazadas o vejadas por sus parejas o ex parejas.

El sistema se atasca. No están funcionando los mecanismos destinados a librar de amenaza y riesgo a las mujeres vejadas o sometidas a diferentes estados de vulneración. Entonces ocurren las muertes, los feminicidios.

En bastantes casos los perpetradores han sido sometidos antes por el ministerio público, la policía o los tribunales. La reincidencia, y la escalada de agresiones contra las mujeres, previas a los actos homicidas, constituyen una pauta que indica, precisamente, una deficiencia de los mecanismos dispuestos por la ley para dar seguimiento a los casos desde el primer momento en que ocurren.

Un dato grave es que muchos de los que han asesinado a su pareja o ex pareja, lo han hecho con armas propias, legales. Y que pese a haber cometido actos violentos previos contra sus parejas, han seguido en posesión de sus armas legales, como si el expediente de la amenaza o violencia doméstica no tuviese ningún valor.

Todo esto sucede a pesar de que se cuenta con un marco legal actualizado, que dispone el funcionamiento de órganos en el ministerio público, especialmente dedicados a atender los casos en que los derechos de las mujeres son vulnerados. Y también a pesar de los denodados esfuerzos que esos órganos realizan para prevenir y confrontar los hechos de violencia doméstica.

La realidad de los feminicidios recurrentes debe movernos a examinar dónde y cómo se requieren actuaciones complementarias para poner término a esta situación.

Publicado en Santo Domingo, 6 de julio de 2011, ver publicación en Perspectiva Ciudadana

henry@henrymolina.com

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