Nuestro objetivo es una justicia 100% accesible, donde cada persona, sin importar su nivel económico, condición o edad puedan, no solo acceder a todos los servicios que ofrece el Poder Judicial, sino también comprender plenamente las decisiones que le afectan.
Esto, que puede sonar como un deseo abstracto y difícil de alcanzar, a veces se logra con gestos pequeños pero extraordinariamente valiosos, que son el reflejo de la empatía y la vocación de servicio con que hacemos las cosas.
En este camino hacia una administración de justicia más cercana y efectiva, la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional ha marcado un hito al emitir la primera sentencia con un lenguaje adaptado a la edad e interés superior de una niña, asegurando que pueda entender, en términos sencillos, los aspectos esenciales de la decisión tomada.
Felicitamos por tanto a los magistrados Francisco Antonio Pérez Lora, Adalgisa Castillo Abreu y Antonia Josefina Grullón Blandino, por este hito que demuestra la importancia de garantizar que la voz de la niñez sea escuchada y tomada en cuenta en los procesos judiciales.
La sentencia, que resuelve un recurso de apelación interpuesto por la madre de una niña de 8 años en relación con su guarda y régimen de visitas, ratificó la custodia a favor del padre, quien la ha cuidado desde los 18 meses de edad. La decisión también aumentó el régimen de visitas entre madre e hija, promoviendo un contacto más frecuente y significativo entre ambas.
La Corte, en su análisis, tomó en cuenta principios fundamentales del Comité de los Derechos del Niño, como la opinión de la niña, su identidad, la preservación del entorno familiar, su cuidado y protección, así como su situación de vulnerabilidad. Además, se valoraron informes sociofamiliares y otras pruebas que respaldaron la decisión.
Un elemento clave fue el testimonio de la niña, quien expresó reiteradamente su deseo de permanecer con su padre y su abuela paterna. No obstante, la sentencia subraya la importancia de que ambos progenitores compartan la responsabilidad de crianza, siempre en favor del interés superior de la menor.
Asimismo, la sentencia resalta la necesidad de métodos de disciplina positivos y respetuosos. Se ha documentado que la madre ha iniciado un proceso de evaluación psicoterapéutica para mejorar sus prácticas de crianza, una medida considerada esencial para garantizar el bienestar de la niña.
Es importante recordar que las decisiones sobre régimen de visitas y guarda tienen carácter provisional y pueden ser modificadas en el futuro si las circunstancias cambian o si las partes llegan a nuevos acuerdos.
Pero, sin duda, el aspecto más innovador de esta sentencia es la entrega de un resumen en formato de lectura fácil para la niña, asegurando que pueda comprender el fallo y las razones que llevaron a la decisión judicial. Con esta sencilla acción, el Poder Judicial pone en primer lugar las necesidades, capacidades y circunstancias de la persona a quien sirve, la coloca en el centro del accionar de la justicia y se adapta a ella.
Esto, no sólo refuerza nuestro compromiso con la transparencia y la accesibilidad en la administración de justicia, en sintonía con el eje estratégico del Poder Judicial de acceso para todos y todas, sino que nos recuerda lo más importante: trabajamos con, por y para personas. Y sólo si esas personas comprenden plenamente nuestra labor, estaremos realizándola correctamente.
Seguimos esforzándonos día a día en la construcción de un sistema judicial cada vez más cercano, más humano y más plural. Que garantice protección, equidad y justicia para todos, en especial para los sectores más vulnerables, como la niñez y la adolescencia.