En un mundo donde las transacciones digitales en materia legal o comercial son cada vez más comunes, es crucial que los notarios utilicen herramientas tecnológicas avanzadas para garantizar la seguridad y autenticidad de los documentos, verificando las identidades de las partes, proporcionando un registro auditable y permitiendo servicios remotos, lo que es esencial en un entorno globalizado y digitalizado.
En este contexto, el Poder Judicial tiene el deber de facilitar la labor de los notarios porque su trabajo de autenticar documentos y garantizar la veracidad de las transacciones legales ayuda a prevenir disputas y reduce la carga sobre los tribunales, promoviendo un sistema legal más eficiente.
Por eso recientemente presentamos el Reglamento de Firma Digital para Notarios, que proporciona un marco legal robusto y detallado para que los documentos digitales se mantengan a la par de los documentos tradicionales, aportando un nuevo nivel de seguridad y confianza tanto para los notarios como para los usuarios dominicanos.
El reglamento establece normas estrictas para garantizar que los datos suministrados en las distintas plataformas y sistemas notariales digitales gocen de la más amplia protección, de conformidad con la Constitución y los estándares de lo dispuesto en la Ley núm. 140-15 y la Ley núm. 126-02.
Para el sistema de justicia, representa una significativa mejora en la agilización de procesos. La digitalización reduce tiempos y costos administrativos, mejora la transparencia y trazabilidad de las actuaciones notariales, y también facilita el acceso a la información de manera segura y eficiente.
Además, al integrar la tecnología digital, nos alineamos con las mejores prácticas internacionales, fortaleciendo nuestra posición y competitividad en un mundo cada vez más interconectado.

Para los usuarios, las ventajas son aún más palpables. El reglamento permite ya realizar trámites notariales de manera telemática, eliminando la necesidad de desplazamientos físicos y permitiendo una mayor comodidad y accesibilidad.
Imaginemos a un ciudadano que necesita autenticar un documento desde una ubicación remota. Con este reglamento, podrá hacerlo de manera segura y eficiente, ahorrando tiempo y recursos valiosos.
Asimismo, la seguridad jurídica está plenamente garantizada, ya que las firmas digitales seguras cumplen con estrictos requisitos normativos y ofrecen la misma validez legal que las firmas manuscritas.
La integridad se garantiza mediante el uso de firmas digitales seguras o cualificadas y la implementación de medidas técnicas de protección que avalan los documentos en medios digitales seguros.
La trazabilidad y la transparencia son también esenciales. Los sistemas y herramientas utilizadas para la gestión de documentos digitales notariales deben permitir rastrear toda la historia de las interacciones y modificaciones de un documento, sin afectar la protección de los datos personales.
La transparencia asegura que las partes tengan acceso a toda la información vinculada con los documentos notariales digitales, salvo las excepciones expresadas por la ley, fomentando así un entorno de confianza y seguridad.
Por último quiero destacar el liderazgo del magistrado de la Suprema Corte de Justicia, Justiniano Montero, cuyo compromiso y visión han sido fundamentales para llevar a buen término este proyecto.
Gracias a su labor y a la de todos los que han colaborado en este proyecto, hemos dado un paso significativo. No solo mejoramos los procesos notariales en nuestro país sino que además avanzamos hacia un entorno legal cada vez más accesible y menos sobrecargado por los trámites burocráticos.